“La jurisprudencia de los órganos disciplinarios de CONMEBOL en hechos similares conducen a la descalificación de River Plate. En particular, en la decisión del expediente O/69/15 del 16 de mayo de 2015, siendo los clubes involucrados los mismos, Boca Juniors fue descalificado de la Copa Libertadores 2015, precedente que marca postura por parte de los órganos disciplinarios de Conmebol, frente a una agresión sufrida por los jugadores de un equipo que le impidieran jugar el partido en condiciones normales. Cualquier sanción diferente de la aplicada a Boca Juniors en el expediente citado generaría una clara e injusta desigualdad ante la ley, por lo cual el Club hizo expresa reserva de recurrir ante los órganos que correspondan”, subraya el escrito al que tuvo acceso Infobae.
Atento a esto, Boca concluyó en su solicitud al Tribunal “Que se apliquen sanciones al Club Atlético River Plate en los términos del Art. 18 del Reglamento Disciplinario de CONMEBOL, considerando la gravedad de las conductas y el carácter de reincidente”.
En el informe, Boca describe las consecuencias físicas que sufrieron los futbolistas que integraron la delegación luego de la agresión al micro en el trayecto hacia el estadio y de haber tomado contacto con los gases lacrimógenos que lanzó la Policía para dispersar a los hinchas. “Pablo Pérez, capitán del equipo (erosión de córnea y del fondo del saco conjuntival), Gonzalo Lamardo (erosión de córnea), Leonardo Jara (herida corto punzante en el talón) y Julio Buffarini (herida cortante por traumatismo en la mano derecha)”, es el parte que acompaña el pedido.
“Asimismo, numerosos jugadores fueron afectados por gases no identificados, sufriendo síntomas como cefaleas, náuseas, vómitos, dificultades respiratorias, mareos y tos”, completa.
El reclamo se basa en el artículo 8 del Reglamento Disciplinario de la Conmebol, que señala: los clubes son responsables del comportamiento de sus aficionados, en el interior y en las inmediaciones del estadio, antes, durante y después del partido, Boca Juniors solicitó que se aplique el Artículo 13, inciso 2, del mismo Reglamento, que dispone: “Las sanciones previstas en los Artículos 18 y 20 del presente Reglamento podrán imponerse a las Asociaciones Miembro y a los clubes en supuestos de comportamientos incorrectos o inapropiados de sus aficionados entre los que se señalan: … b) El lanzamiento de objetos … e) Causar daños. f) Cualquier otra falta de orden o disciplina que se pudiera cometer en el estadio o en sus cercanías antes, durante y a la finalización de un encuentro.”
“¿Si pidieron los puntos? No tengo ninguna comunicación al respecto y no ha llegado nada a River como para pensar que eso quiere Boca”, dijo el presidente del Millonario, Rodolfo D´Onofrio, una vez confirmada la segunda suspensión.
El martes, desde las 10, Angelici y D’Onofrio se verán cara a cara en la sede de la Conmebol, con su titular Alejandro Domínguez como mediador, luego de que Boca quebrara el “pacto de caballeros”. Habrá que ver si la entidad que rige el fútbol en Sudamérica le da lugar al pedido de Boca que abre un nuevo capítulo en la accidentada Superfinal./infobae.com